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El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) en los servicios del Programa Kit Digital sigue un proceso similar al de otros servicios contratados por autónomos. Aunque los beneficiarios pueden usar el bono digital para pagar al agente digitalizador, el IVA, que no está cubierto por estas ayudas, representa un 21% del costo del servicio.

Por ejemplo, si un autónomo accede a la tercera convocatoria de Kit Digital y recibe un bono de 2.000 euros, podría gastar alrededor de 430 euros en un programa de gestión de procesos y el resto en crear una página web. Si el costo total de estos servicios excede los 2.000 euros, el beneficiario deberá pagar la diferencia. En el caso de que el costo sea exactamente de 2.000 euros, solo se abonaría el IVA.

Si los agentes digitalizadores no incluyen el IVA en el precio, el beneficiario deberá pagar aproximadamente 100 euros de IVA en una factura y cerca de 320 euros en la otra. Una vez pagado el IVA, el beneficiario puede deducirlo en la próxima declaración trimestral de impuestos.

El Programa Kit Digital tiene plazos específicos para solicitudes, uso del bono e implementación de servicios, afectando tanto a beneficiarios como a agentes digitalizadores. Uno de los plazos relevantes para los autónomos y pymes es el de pago de la factura del servicio contratado, que debe realizarse dentro de los plazos establecidos en las bases reguladoras de cada convocatoria.

Después de validar el acuerdo, el beneficiario y el agente digitalizador tienen 3 meses para implantar la solución y emitir la factura. Sin embargo, el plazo para el pago de la factura varía según la convocatoria: en la primera convocatoria, el beneficiario debe pagar dentro de esos tres meses, mientras que en las siguientes convocatorias tiene 6 meses.

Los plazos para el pago del IVA en el Programa Kit Digital son los siguientes:

Empresas de 10 a 50 empleados

Tres meses desde la firma del acuerdo.

Autónomos y pymes sin empleados o con hasta 10 empleados

Seis meses desde la firma del acuerdo.

Comunidades de bienes, sociedades civiles o explotaciones agrarias de titularidad compartida

Seis meses desde la firma del acuerdo, independientemente de su plantilla.

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